En el nuevo texto pactado se introducen importantes modificaciones en el RD de prescripción aprobado hace dos años y que imposibilitaba a los profesionales de enfermería el manejo de determinados medicamentos que utilizan de forma cotidiana, según publica el Consejo
Tras dos años de negociaciones la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dolors Montserrat, los representantes de la Mesa de la Profesión Enfermera –compuesta por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de Enfermería, SATSE- y el Foro de la Profesión Médica han pactado un nuevo documento de consenso que textualmente deberá incluirse en un nuevo Real Decreto que modifique el actualmente vigente. Aunque aún se desconoce el contenido del texto íntegro sobre el que han alcanzado un acuerdo, ambas partes, con la mediación de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, desde el Consejo General de Enfermería se asegura que el compromiso cerrado ayer permitirá a los enfermeros “indicar y autorizar la dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica en base a protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, que serán acordados en la Comisión que a tal efecto se pondrá en marcha”. Además, no será necesaria ninguna formación adicional, pues el Grado en Enfermería ya incluye contenidos específicos en este sentido.
Por su parte, los responsables de la Junta de Gobierno del Colegio a falta de conocer el contenido íntegro del texto pactado, han expresado su satisfacción por los avances conseguidos además de insistir en la necesidad de abrir un periodo de reflexión para conseguir el que consideran verdadero objetivo a alcanzar por los profesionales de enfermería: la prescripción autónoma plena dentro de nuestro ámbito de competencia.
Desde que se aprobara la Ley del Medicamento en el año 2009, el desarrollo de la actividad prescriptora enfermera ha estado paralizada durante cerca de siete años, hasta que hace dos, con la modificación del artículo 3.2 del RD 954, el Ministerio, dirigido entonces por Alfonso Alonso, incluyó un artículo por el cual los enfermeros para indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos que deben ir con receta médica, necesitan a un médico que se lo prescriba, tras haber realizado el diagnóstico pertinente, con lo que no variaba las posibilidades prescriptoras del colectivo enfermero y supeditaba su desarrollo profesional al diagnóstico individualizado de los médicos. Tras la modificación del mencionado Real Decreto con la inclusión del artículo 3.3 que recogerá todos los acuerdos pactados entre las partes implicadas, se delimitará los medicamentos que podrán prescribirse cuando exista una relación con un paciente incentivado el ámbito colaborativo entre enfermeros y médicos.