Se trata del primer paso para intentar derogar el texto que impide a los enfermeros realizar prácticas habituales en el desarrollo de la profesión
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite dos conflictos positivos de competencia interpuestos por el Consejo de Gobierno de Andalucía y por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Aragón contra el Real Decreto que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
Tras esta decisión del TC, muy importante para resolver el conflicto que ha producido la aprobación del RD, hay que dar traslado de la demanda presentada por Aragón al Gobierno de la Nación, que dispondrá de veinte días para aportar cuantos documentos y alegaciones considere pertinentes. Y en cuanto a la demanda presentada por el Consejo de Gobierno de Andalucía, el Pleno del Constitucional ha acordado tramitarla en la forma prevista para el recurso de inconstitucionalidad, tal y como ha solicitado el demandante y conforme a lo previsto en el art. 67 LOTC. En consecuencia, da traslado de la misma al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, que disponen de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones.
El Pleno acordó también comunicar la incoación de ambos conflictos de competencia a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por si el Real Decreto ya estuviera recurrido o se recurriese en el futuro. En ese caso, tal y como establece el art. 61.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, "se suspenderá el curso del proceso" hasta la decisión de los conflictos competenciales. Sin embargo, la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo de los recursos, que el Tribunal resolverá en próximas fechas.