Los enfermeros que no trabajen en el Servicio Cántabro de Salud tienen que solicitar la acreditación para poder prescribir

  • 18/06/19
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El Gobierno de Cantabria solo acredita de oficio a los enfermeros que trabajan en el SCS con más de un año de experiencia

Desde el  pasado 5 de Junio, fecha en la que se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria la Disposición Adicional Única de la Orden sobre Prescripción Enfermera,  los profesionales enfermeros cántabros  pueden prescribir pero solo a los que trabajan en el Servicio Cántabro de Salud con más de una año de experiencia les llegará la acreditación de oficio de la Consejería de Sanidad, los demás tendrán que solicitar esta acreditación como contempla la disposición: “El procedimiento para obtener la acreditación de enfermeras y enfermeros, tanto para cuidados generales como para cuidados especializados, para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano se inicia a solicitud del interesado, a excepción de los profesionales que estén trabajando en el Servicio Cántabro de Salud y tengan más de un año de experiencia profesional, que quedarán acreditados de oficio”.  

Por lo tanto, para solicitar la correspondiente acreditación, los profesionales interesados deberán presentar la solicitud según el modelo previsto en el anexo I, haciendo constar los datos y la documentación solicitada, a la atención de la Dirección General de Ordenación Sanitaria en cualquier registro de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria.

Este modelo previsto en el anexo 1 de la orden para solicitar la acreditación (cuyo enlace adjuntamos) se lo tendrán que descargar para rellenarlo, aunque el Colegio de Enfermería pone a disposición de todos los colegiados copias de este documento que se podrán recoger en la sede colegial de Santander (calle Cervantes, 10).

Además de rellenar el formulario del anexo 1 de la Orden, para obtener la acreditación para prescribir  tendrán que presentar la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del título de Graduado en Enfermería, de Diplomado en Enfermería, o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente, o certificación acreditativa de la Universidad sobre la finalización de los estudios y programa oficial cursado.

b) Documento acreditativo de poseer una experiencia profesional mínima de un año:

1º En el caso de trabajo por cuenta ajena, certificación acreditativa del período de experiencia profesional mínima de un año expedida por la empresa o institución empleadora.

2º En caso de que la experiencia mínima de un año resulte de la prestación de servicios en dos o más centros, certificaciones acreditativas del periodo de experiencia profesional adquirida en cada uno de ellos.

3º En el caso de trabajo por cuenta propia, certificado de vida laboral acreditativo del periodo de experiencia profesional.

 c) Fotocopia compulsada de la certificación o título acreditativo de haber superado el curso de adaptación para la acreditación de la competencia profesional enfermera para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y de productos sanitarios de uso humano en el ámbito de los cuidados generales.

Además, solamente en el caso de solicitar la acreditación en el ámbito de los cuidados especializados, se deberá presentar:

a) Fotocopia compulsada del título de enfermera o enfermero especialista, o certificación acreditativa de la autoridad educativa correspondiente sobre la finalización de la formación de la especialidad y programa oficial cursado.

b) Documento acreditativo de poseer una experiencia profesional mínima de un año como especialista:

1º En el caso de trabajo por cuenta ajena, certificación acreditativa del período de experiencia profesional como enfermera o enfermero especialista mínima de un año expedida por la empresa o institución empleadora.

2º En caso de que la experiencia mínima de un año resulte de la prestación de servicios en dos o más centros, certificaciones acreditativas del periodo de experiencia profesional adquirida en cada uno de ellos.

3º En el caso de trabajo por cuenta propia, certificado de vida laboral acreditativo del periodo de experiencia profesional.

c) Fotocopia compulsada de la certificación o título acreditativo de haber superado el curso de adaptación para la acreditación de la competencia profesional enfermera para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y de productos sanitarios de uso humano en el ámbito de los cuidados especializados.