El Decreto de Troncalidad "olvida y margina" a la profesión enfermera

  • 22/02/13
img

El Consejo General de Enfermería (CGE) ha enviado al Ministerio de Sanidad sus alegaciones al Proyecto de Troncalidad en la que se critica el papel reservado para esta profesión en la reforma de la formación especializada que se está diseñando.

El Consejo General de Enfermería (CGE) ha enviado al Ministerio de Sanidad sus alegaciones al Proyecto de Troncalidad en la que se critica el papel reservado para esta profesión en la reforma de la formación especializada que se está diseñando. “El informe tiene carácter negativo por los graves defectos que incorpora el proyecto, principalmente por la distinta consideración de la troncalidad entre la profesión médica y las restantes profesiones sanitarias”, advierte el CGE a sus colegios provinciales en un escrito informativo sobre las alegaciones presentadas.

El proyecto margina y olvida por completo la realidad de la profesión enfermera y, más específicamente, los trabajos que la Comisión de la Especialidad de Enfermería Médico-Quirúrgica ha realizado hasta la fecha. Según el comunicado del CGE, “la troncalidad no está contemplada en el proyecto ni para Enfermería ni para otras profesiones de la Salud, por más que el título del mismo así lo pretenda”.

En las alegaciones se hace una especial mención a que el proyecto deroga el Real Decreto de especialidades de Enfermería, sin la que la nueva norma las integre ya que no se incorporan a la troncalidad ni a las áreas de capacitación específica.

Además, existen otros aspectos que quedan sin regulación, destacando las referidas a la definición del enfermero residente y su régimen general; a la regulación de la composición, funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión Delegada de Enfermería; las equivalencias de las antiguas especialidades de Enfermería con las establecidas en el Real Decreto de 2005 y el establecimiento de una Comisión de coordinación entre los Ministerios de Sanidad y de Educación para resolver cualquier incidencia o problema en este ámbito.

Especial mención realiza el CGE sobre la Disposición Adicional 5ª puesto que, de no mantenerse su plena vigencia, se estaría afectando directamente las homologaciones de títulos de Enfermeros Especialistas y las consiguientes expediciones de títulos que se verifiquen al amparo de la misma, vulnerando con ello los derechos adquiridos de quienes se encuentren en los supuestos contemplados en dicha disposición.

Áreas de Capacitación Específicas

Por otro lado, respecto a las áreas de capacitación específica (ACE), el CGE indica que “la redacción actual del borrador contempla mayoritariamente la creación de áreas en el ámbito médico. Las que se prevén con carácter pluridisciplinar no establecen la posibilidad de que los enfermeros puedan acceder a las mismas, con lo que se les cierra la vía para ello pues no se establecen áreas de capacitación específicas del ámbito enfermero”.

También se excluye a los graduados en Enfermería del acceso a la nuevas especialidades de Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica, al igual que sucede con la de Genética Clínica, ya que el artículo 40 sólo permite el acceso a los graduados y licenciados en Medicina, Farmacia, Biología y Química, excluyendo sin base ni fundamento a los profesionales de Enfermería.

Un Decreto que está dirigido en exclusiva a la profesión médica

El Real Decreto emplea de forma reiterativa el término ‘facultativo especialista’, lo que en opinión del CGE tiene una aplicación restrictiva dirigida a la profesión médica y da carta de naturaleza a una concepción del término ‘facultativo’ contraria a lo establecido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, cuyos artículos 6 y 7 incluyen en ese término a todos los profesionales sanitarios, puesto que llevan a cabo las funciones y cometidos para las que “les faculta su correspondiente título”.

Por ese motivo, se alega que se utilice el término ‘especialista en ciencias de la salud’ o que en algún lugar del proyecto se contemple que “el concepto de facultativo empleado en la redacción alcanza al conjunto de las profesiones sanitarias, conforme a lo establecido en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias”.

El CGE también expresa su malestar por que el Ministerio haya consultado el articulado del Real Decreto con sociedades científicas médicas, organizaciones sindicales y hasta con el Consejo Estatal de Estudiantes de Medicina, y no se haya tenido en cuenta a las sociedades científicas de Enfermería y a la Unión Española de Sociedades Científicas Enfermeras (UESCE), así como a los estudiantes de Enfermería, a pesar de que el propio proyecto incluye que las especialidades de enfermeras deben de tener el mismo tratamiento que el resto de las Especialidades en Ciencias de la Salud.

Pide desbloquear la especialidad de Cuidados Médicos-Quirúrgicos

En su propuesta, el CGE también solicita que se incorporen en el Catálogo de Especialidades de Enfermería la propuesta realizada desde la Comisión Nacional de la Especialidad de Enfermería de Cuidados Médicos-Quirúrgicos, para que dicha denominación sea el tronco común de las tres especialidades a crear: Enfermería de Cuidados Periquirúrgicos y Periintervencionistas; Enfermería de Cuidados de Alta Complejidad (oncológico y crónico complejo); y Enfermería de Cuidados Críticos y de Riesgo Vital.

Estas tres especialidades compartirían dos años de troncalidad y, posteriormente, cada una de ellas tendría un año de formación específica, respectivamente. Con esta nueva propuesta se pretende desbloquear la situación, “que, de otra manera, difícilmente podrá ser desarrollada en la práctica”.