Enfermería Geriátrica no invade competencias

  • 14/06/12
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La OMC pierde también en el Supremo. El Supremo avala la sentencia de la Audiencia Nacional y desestima el recurso presentado por la OMC contra la orden de formación en una especialidad de Enfermería que incluye conocimientos de prescripción y diagnóstico.

 

LA OMC PIERDE TAMBIÉN EN EL SUPREMO

El Supremo avala la sentencia de la Audiencia Nacional y desestima el recurso presentado por la OMC contra la orden de formación en una especialidad de Enfermería que incluye conocimientos de prescripción y diagnóstico.

La Organización Médica Colegial (OMC) presentó varios recursos judiciales contra los planes de estudio de formación en especialidades de Enfermería que incluían la adquisición de habilidades en prescripción farmacéutica y diagnóstico, que fueron desestimados por la Audiencia Nacional. La OMC recurrió estas resoluciones a la Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Supremo, que ha dictado una primera sentencia avalando la orden de formación en Enfermería Geriátrica.

Modificación legislativa

La OMC reclamaba porque los planes de estudio de las especialidades de Enfermería incluyen la adquisición de competencias en prescripción y diagnóstico, que son exclusivas del médico, según recoge la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional del Medicamento. En este punto, la sentencia recuerda que la citada norma fue modificada por la Ley 29/2009 "para introducir la participación en la prescripción de determinados medicamentos de otros profesionales sanitarios como son los enfermeros y podólogos, incorporándose en programas de seguimiento de determinados tratamientos". Esa modificación, según el tribunal, recogía una cuestión "asumida en la práctica diaria de nuestro sistema sanitario".

En consecuencia, la orden recurrida "no comporta una nueva distribución de funciones, sino una definición de las competencias y objetivos que se pretenden en la formación especializada de geriatría, con el fin de adaptarla a las nuevas previsiones normativas plasmadas con posterioridad en la Ley 29/2009 –es posterior porque la orden recurrida es de noviembre de 2009 y la ley de diciembre de ese año–".

Acompañando a este razonamiento, la sentencia apunta, como argumento definitivo, que la orden "no se trata de una regulación de la competencia profesional de los enfermeros, sino de su programa de formación en el ámbito específico de Geriatría".

En definitiva, la resolución es contundente al concluir que "la norma impugnada no otorga competencias profesionales, sino que regula el plan formativo para determinada especialidad enfermera, en consonancia con el cambio normativo que se plasma poco tiempo después de la Orden recurrida", en referencia a la modificación introducida por la Ley 29/2009 sobre la prescripción.