Ética y Deontología Profesional

  • 14/10/11
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La presidenta del Colegio imparte una conferencia en la Escuela de Enfermería.
El objetivo fue trasmitir a los estudiantes de segundo curso de grado  la importancia de la ética profesional, regulada por el código deontológico, como requisito básico para el desarrollo de la profesión enfermera.
En su exposición, Rocío Cardeñoso señaló las diferencias entre ética y moral, detallando que la moral “es la que establece las normas por las que un acto puede considerarse como aceptable (moral) o inaceptable” y que estas normas dependen mucho de las costumbres, tradiciones, religiones de cada lugar.
Sin embargo, explicó la presidenta del Colegio, “la ética es la reflexión racional de lo que consideramos bueno o malo, justo e injusto, y se sustenta en la libertad, en la responsabilidad, en la justicia y en la conciencia” y  continuó señalando que “la ética se apoya en la razón, depende de la filosofía y tiene una pretensión universal, sin embargo, la moral se apoya en las costumbres según una serie de elementos normativos que la sociedad acepta como válidos”.
¿Por qué es importante la ética para nuestra vida?
Rocío continuó explicando a los estudiantes que “necesitamos la ética para enfrentarnos a situaciones problemáticas en la convivencia, para disponer de criterios y principios, para valorar y asumir o rechazar las normas sociales y para encauzar la siempre difícil relación entre actividad e intereses propios y actividad e intereses sociales o del grupo”.
“La ética fija como centro a la persona y ésta no puede ser tratada como si fuese un objeto. La persona es solidaria, tiene actitudes democráticas, es creadora y capaz de inventar el futuro. Y ese respeto por la vida, la dignidad y los derechos de los seres humanos son condiciones esenciales para el desarrollo de la enfermería”, expresó.
Para Rocío “trabajo y profesión, no son términos iguales, pues el primero implica sentido social –es un beneficio para los demás– y remuneración –recibir un sueldo–, mientras que profesión implica que no solo se trabaja por dinero, sino que ayudamos a los demás a vivir y que consideramos al ser humano como fin y no como medio”.
La ética profesional es una ciencia normativa que estudia los comportamientos morales debidos y exigibles en toda profesión y establece un código de normas que ayuda al profesional a saber actuar correctamente en todo momento (código deontológico) y unos principios y valores que se estiman necesarios para ejercer una profesión.
De esta forma, se puede establecer que la deontología es el conjunto de deberes y obligaciones que asume un colectivo durante la práctica de su profesión, mientras que la ética no tiene normas ni códigos sino que refleja el pensamiento del individuo y no se trata de una exigencia profesional pero si se espera de ellos que la guarden.
Posteriormente, Rocío señaló a los alumnos las diferencias entre ética y bioética, aclarando que esta rama es la que regula los principios dentro del campo biomédico. “La bioética parte de la ética y la deontología y es el ideal de conducta que deben seguir un grupo de profesionales”, explicó, “Las primeras declaraciones surgen después de la Segunda Guerra Mundial a la hora de seleccionar a los primeros pacientes que iban a recibir diálisis. Esta ciencia estudia los problemas éticos de los profesionales que emergen en el ámbito de sus investigaciones sobre el hombre, aunque éstas no sean terapéuticas, los problemas sociales que se derivan de las políticas sanitarias y de los problemas de intervención en la vida de otros seres vivientes del ecosistema”.
Colegios profesionales
Todo profesional está y debe estar sometido a controles sociales más o menos rigurosos que permitan exigirle responsabilidades de muy diversa índole en relación con sus actos, de ahí la necesidad de establecer unos principios éticos. Para ello surgen los colegios profesionales, que son los encargados de mantener, promover y defender la deontología, al tiempo que vigilan el cumplimiento de determinados niveles de exigencia, de competencia y de calidad en el desempeño del trabajo de sus colegiados.
Los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentra la ordenación del ejercicio de las profesiones.
Para que los colegios puedan realizar su labor de control de la ética profesional, se implantaron los códigos deontológicos, cuya función es la de fijar los criterios científico-funcionales para el ejercicio de la profesión, refundir las distintas orientaciones éticas y plasmarlas en códigos de deontología profesional y establecer las sanciones disciplinarias para los colegiados que incumplan sus dictados.
El Código Deontológico de la Enfermería Española
En 1989 y mediante la Resolución 32, el Consejo General de Enfermería aprobó el Código Deontológico de la Enfermería Española que, tanto en su Preámbulo como en la Norma Adicional Sexta, explicita su carácter obligatorio, advirtiendo a los profesionales que “(...) incurrirán en responsabilidad disciplinaria aquéllos que por su comisión, omisión o simple negligencia en el cumplimiento de sus funciones se conduzcan de forma contraria a las disposiciones de este Código”.
La presidenta del Colegio explicó que es un instrumento útil para el profesional enfermero, pues posibilita que pueda tomar decisiones morales de manera informada y le reconoce una responsabilidad derivada de la naturaleza de su propio trabajo, al indicar que “la enfermera/o, como profesional que es, tiene una función o razón de ser que sólo ella puede cumplir”. Además, identifica las distintas obligaciones morales que el profesional debe cumplir con el paciente o usuario –“el profesional debe subordinar sus  intereses personales a los de sus pacientes”–, con la sociedad en general –“los cuidados enfermeros han de ir más allá de las relaciones individuales con los pacientes o los usuarios de sus servicios”– y con la propia profesión –“actitudes, formación continuada, investigación…”–.
Tras detallar a los alumnos los principios del Código Deontológico, la presidenta reflejó que es la herramienta que garantiza la calidad del trabajo profesional enfermero y establece la potestad que tienen los colegios profesionales para imponer sanciones a los colegiados que transgredan las normas. También significó que “el Código no detalla todas las conductas profesionales a seguir, pero sí principios generales, sencillos pero fundamentales, que sirven para orientar las competencias profesionales que han de sustentar un quehacer ético profesional de la máxima calidad”.
Al llegar a este punto, recomendó a los estudiantes que “La enfermería se estudia como una ciencia pero se practica como un arte y nadie podrá llamarse ‘buena enfermera’ sin antes haber demostrado que es una enfermera buena”
Rocío Cardeñoso terminó su exposición exponiendo un análisis crítico sobre los fallos que se producen a la hora de aplicar los principios éticos en la práctica enfermera y señaló una serie de defectos que se suelen producir:
• Falta de información al paciente y a la familia.
• Omisión terapéutica intencionada.
• Confidencialidad de los datos: divulgar información.
• Falta de solidaridad y equidad.
• Registros incompletos, ausentes o pobres.
• Autoritarismo terapéutico.
• Falta de seguridad para el paciente.
• Decisiones de matiz subjetivo más que racionales y de carácter técnico.
• Abandono del paciente.
• Rutina. Falta de actualización sobre nuevos conceptos y tecnología.
• Atención no siempre equitativa.
• Comunicación escasa con la familia.
 
Decálogo general de ética Profesional
1. Dignidad en el modo de ejercer de la profesión.
2. Verdad, como divisa permanente en la vida.
3. Servicio, entendido como eficacia para el cliente.
4. Sociedad, a cuyo servicio debe disponerse nuestra actividad.
5. Compañerismo, como estilo solidario con los colegas.
6. Lealtad en el trabajo y en todas las relaciones que deriven del mismo.
7. Respeto a los demás profesiones y perfeccionamiento de la nuestra.
8. Secreto profesional, como principio sagrado de nuestra actuación responsable.
9. Remuneración, que se debe corresponder con dignidad de la profesión y el servicio prestado.
10. Colegiación. Garantía de una prestación profesional competente y defensa de la profesión.